Permite que automóviles, camionetas, motos y otros vehículos puedan circular por las calles del país en forma legal.
Recuerde que antes de obtener o renovar el permiso de circulación, debe consultar si registra multas de tránsito no pagadas o si se encuentra en el Registro de Pasajeros Infractores (RPI). También recuerde revisar el estado de la revisión técnica del vehículo.
- Del 1 de febrero al 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
- Mayo: taxis y buses.
- Septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.
- El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) se debe pagar hasta el 31 de marzo de 2024.
Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, para determinar el valor de cada permiso.
Consulte la tasación fiscal y permisos de circulación de automóviles, motos y vehículos pesados, definidos por el SII.
- Presencial: En la dirección de tránsito de la municipalidad y en los centros habilitados por cada una de ellas para realizar el trámite.
- Virtual: Haga clic aquí para realizar el trámite.
- Efectivo.
- Tarjetas de débito o crédito.
- Cheque al día.
- Permiso de circulación anterior.
- Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
- Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación. Revise precios del SOAP.
- Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.
- Factura de compra (incluye la copia).
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
- Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
- Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Importante: los vehículos nuevos pagarán el permiso en forma proporcional a cada uno de los meses que faltan para completar el año.
El permiso se puede obtener solo si el vehículo no presenta multas de tránsito impagas. En caso contrario, debe pagar en la tesorería municipal de la comuna donde le cursaron el parte, o directamente en los centros habilitados para obtener el permiso de circulación.
Asimismo, quienes se encuentren en el Registro de Pasajeros Infractores (RPI) no podrán obtener el permiso de circulación si son propietarios o propietarias de un vehículo motorizado.
- Consulte si se encuentra en el Registro de Pasajeros Infractores (debe contar con ClaveÚnica).
Si el vehículo no ha circulado o no circulará durante todo el año, se debe pagar un derecho municipal e indicar el motivo en una declaración jurada simple.
Importante: el plazo vence el 30 de noviembre de cada año.
Una vez cumplido el plazo, la persona dueña del vehículo puede quedar como moroso o morosa, exponiéndose a intereses extras y a multas policiales (el vehículo puede ser retirado de circulación si es sorprendido en la vía pública). Además, al momento de renovar la patente se aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula con al IPC.
- Artículo 15, decreto ley Nº 2.385, que fija texto refundido y sistematizado del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre rentas municipales.
- Ley Nº 18.290 (Ley de Tránsito).
Información proporcionada por ChileAtiende.